TRIBUTOS. IMPROME. PAGOS EXTRAORDINARIOS




Promulgación: 08/03/1973
Publicación: 14/03/1973

Resumen:

Establécese que los contribuyentes del Impuesto a la Producción Mínima Exigible de las Explotaciones Agropecuarias, IMPROME, deberán realizar un pago extraordinario a cuenta para el Ejercicio 1971-1972, con excepción de contribuyentes que exploten menos de 200 hectáreas.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 243/973 de 
05/04/1973 artículo 3.


		
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