MODIFICACION DE LOS DECRETOS 27/996, 345/005, y 234/012, Y DEROGACION DE ARTICULOS DE LOS DECRETOS 27/995, 345/011, 111/010 y 441/011, RELATIVOS A LA
ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
A la Dirección de Migración Internacional compete:
- Tramitar toda solicitud de residencia permanente en la República de cónyuges, concubinos, padres y hermanos de uruguayos y nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados;
- Realizar el seguimiento de los distintos Foros Migratorios Internacionales, participar de los mismos y presentar propuestas orientadas en la política nacional y regional de migraciones.