EMISION DE TITULOS DE DEUDA DE URUGUAY EN DOLARES ESTADOUNIDENSES




Promulgación: 18/06/2020
Publicación: 29/06/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Autorízase a utilizar, total o parcialmente, el producido de la presente emisión de títulos de deuda de la República, a los efectos de la recompra por parte de ésta, de una o más series de títulos de deuda de la República Oriental del Uruguay, incluyendo en todos los casos los intereses devengados e impagos a la fecha de la recompra, en las condiciones que indique el Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con las ofertas recibidas de acuerdo a los documentos de oferta y demás documentos relacionados con la misma a ser aprobados por la referida Secretaría de Estado.

   Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas a modificar las condiciones de la oferta de recompra mientras la operación no haya concluido.
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