El precio de sorgo adquirido por el Ministerio de Agricultura y Pesca será pagado de la siguiente forma:
a) Contra la presentación del formulario establecido en el artículo 14º,
inciso b), debidamente llenado y firmado por el depositario
habilitado y el productor, en la correspondiente dependencia del
Banco de la República Oriental del Uruguay se le efectuará una
entrega a cuenta del 70% del precio básico establecido en el artículo
2º.
De esta cantidad el Banco deducirá al productor los adeudos por
concepto de financiación de cultivo de sorgo y maquinarias afectadas
al mismo que mantenga pendiente con el Banco de la República Oriental
del Uruguay.
b) El Ministerio de Agricultura y Pesca realizará la liquidación final
dentro de los 60 días del cobro del adelanto y la remitirá a la
Casa Central del Banco República la que dispondrá de un plazo de
30 días para acreditar los saldos a los productores.