REGLAMENTACION A LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 27/04/1994
Publicación: 05/05/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 436
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.747 de 28/12/1977 artículo 7.

Artículo 2

    Considerando la organización prevista por el Artículo 1. se definen
los órganos respectivos de la siguiente forma: A) Comando General y
Cuartel General.-
        Es el Comando Superior de la Fuerza Aérea con sus respectivos
órganos de asesoramiento control y planificación y sus apoyos
administrativos.-
        B) Direcciones.-
        Son Direcciones los órganos planificadores, coordinadores,
supervisores, ejecutores y administradores, con cometidos determinados, a
nivel nacional, general o específico. Podrán tener por su propia índole
diferente importancia, valor y volúmen.-
        C) Tribunales y Comisiones.-
        Son Tribunales y Comisiones los órganos administrativos
permanentes o de carácter transitorio, con cometidos específicos, creados
por ley o por disposición expresa del Comandante en Jefe de la Fuerza
Aérea.
        D) Grandes Unidades.-
        Son Grandes Unidades los órganos de carácter heterogéneo y
variable que reúnen en sí todos los órganos necesarios de combate,
técnicos o administrativos y sus correspondientes órganos de asesoramiento
y administrativos, para el cumplimiento de la misión encomendada.-
        Las mismas se denominarán Comandos Aéreos o Fuerzas Aéreas
Numeradas.
        E) Unidades.-
        Son Unidades los órganos que reúnen Unidades Básicas de combate
aéreo o terrestre, y apoyo, para el cumplimiento de misiones de acuerdo a
sus especialidades.-
        Las mismas se denominarán Brigadas y estarán integradas por las
Unidades Básicas.-
        F) Unidades Básicas.-
        Son Unidades Básicas los menores órganos que cumplen tareas
específicas de combate y apoyo.-
        Las mismas se denominarán Escuadrones, cualquiera sea su
especialidad, o Grupos (Técnicos, de Servicios, Seguridad, Mantenimiento,
Comunicaciones, Transporte, etc.).-
        G) Institutos.-
        Son Institutos de los órganos especializados en reclutamiento,
enseñanza, investigación o perfeccionamiento. Podrán tener diferente
importancia, valor y volumen.-
        H) Servicios.-
        Son Servicios los órganos especializados técnicos, administrativos
o logísticos, destinados a proporcionar apoyo a los demás órganos para el
cumplimiento de sus tareas.-
        Podrán tener diferente importancia, valor y volumen.-
        I) Reparticiones.-
        Son reparticiones las Divisiones, Departamentos y Secciones, en
que se organizan principalmente los Estados Mayores, Direcciones,
Institutos y Servicios y eventualmente otros órganos, para cumplir en
ellos actividades específicas.
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