TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS




Promulgación: 07/06/1983
Publicación: 16/06/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 820
     Visto: lo dispuesto por la ley 14.755, de 5 de enero de 1976 en sus
artículos 21 y 22.

     Resultando: que por dichas normas se estableció una Tasa por
Legalización de Documentos que grava la legalización de todo instrumento
que efectúe el Ministerio de Educación y Cultura.

     Considerando: que corresponde actualizar el monto, de la misma de
acuerdo a la variación operada en el Valor de la Unidad Reajustable.

     Atento: a lo dispuesto en las citadas normas legales y a lo informado
por el Departamento Financiero Contable del Ministerio de Educación y
Cultura,

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase la cantidad de N$ 106.00 (nuevos pesos ciento seis) el monto de
la Tasa de Legalización de Documentos creada por la ley 14.755 de 5 de
enero de 1978.

ALVAREZ - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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