EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CANELONES




Promulgación: 10/03/1987
Publicación: 10/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 227
 Visto: el planteamiento formulado por la Jefatura de Policía de Canelones
a fin de que se proceda a la expropiación del inmueble ubicado en la
Quinta Sección Judicial de Canelones, Paraje "El Colorado", Padrón Nº
26.072.

 Resultando: que en dicho predio fue levantado hace más de 15 años, con el
esfuerzo de los vecinos de la zona, quienes contribuyeron materialmente y
contando con el consentimiento de sus propietarios para ello, un piquete
policial, destacamento del Paraje "El Colorado".

 Considerando: I) Que resulta necesario a fin de regularizar la situación
del bien, proceder a su expropiación, conforme al procedimiento
establecido en la ley 3.958, de 28 de marzo de 1912, modificativas y
concordantes;

 II) Que sin perjuicio de la tenencia que de hecho ejerce la Jefatura de
Policía de Canelones sobre el inmueble de referencia, se estima pertinente
declarar urgente la toma de posesión del mismo, con el significado y
alcance que la misma tiene desde el punto de vista jurídico- artículo 42
de la ley 3.958.

 De conformidad a lo expuesto y a lo preceptuado en el decreto ley 14.307,
de 10 de diciembre de 1974,

 El Presidente de la República,

                             DECRETA:

Artículo 1

 Desígnase para ser expropiado el inmueble ubicado en la Quinta Sección
Judicial del departamento de Canelones, Paraje "El Colorado", empadronado
con el Nº 26.072 (p), el cual según plano de mensura del Agrimensor
Horacio Vega, de julio de 1985, inscripto en la Dirección General de
Catastro con el Nº 1122 el 12 de julio de 1985, consta de una superficie
de 537 metros, 67 decímetros y se deslinda así: al Este 16 metros de
frente a Camino Vecinal; al Sur 33 metros 50 centímetros, al Oeste 16
metros 10 centímetros, ambos lindando con Padrón Nº 26.072; y al Norte, 33
metros 50 centímetros confinando con Padrón Nº 43.176; confirmándose su
actual destino Asiento del Destacamento Policial levantado sobre el mismo.

Artículo 2

 Declárase de urgencia la toma de posesión del referido inmueble.

Artículo 3

 Comuníquese y pase al Departamento Notarial del Ministerio del Interior a
fin de que se dé cumplimiento al decreto ley 15.027, de 17 de junio de
1980; hecho, publíquese, regístrese y vuelva a la Jefatura de Policía de
Canelones a sus efectos.

SANGUINETTI - RAUL J. LAGO - LUIS MOSCA
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