Visto: la necesidad de aprobar el Plan de Inversiones 1984 de la
Administración de Ferrocarriles del Estado.
Resultando: que los artículos 1º y 2º de la ley 15.521, de fecha de 5 de
enero de 1984, fijaron el monto global máximo de inversiones de los
Organismos del Sector Público para 1984 a financiar con Rentas Generales
FIMTOP y Endeudamiento cuyo servicio de deuda sea atendido con
cualesquiera de los recursos previamente mencionados.
Considerando: que por decreto 84/984, de 11 de marzo de 1984 se
aprobó el Plan de Inversiones de la Administración Central, Intendencia
Municipal de Montevideo, Instituciones Financieras del Estado,
Dirección General de Casinos, Dirección General de la Seguridad Social,
Instituto Nacional de Colonización y Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland, para el Ejercicio 1984 incluyendo el
marco normativo vigente para todas las inversiones del Sector Público.
Aento: al informe favorable de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión y el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Plan de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles
del Estado para el Ejercicio de 1984 por un monto total de N$
408:941.000.00 (nuevos pesos cuatrocientos ocho millones novecientos
cuarenta y un mil) a precios corrientes de 1984 según el detalle incluido
en el Anexo adjunto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 179/984 de
16/05/1984.