Visto: el decreto 67/988 de 15 de enero de 1988, por el cual se
reglamentó la emisión de la 8a. Serie de Bonos del Tesoro - Tasa de
Interés Variable por un monto de U$S 24:000.000 (veinticuatro millones
de dólares de los Estados Unidos de América).
Resultando: que de acuerdo a los montos emitidos hasta la fecha, se
considera conveniente ampliar esa autorización para atender la mayor
demanda de dichos valores públicos.
Considerando: lo dispuesto por los decretos leyes 14.268 de 20 de
setiembre de 1974 y 14.814 de 29 de agosto de 1978 y ley 15.773 de 23
de setiembre de 1985.
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter
de Agente Financiero del Estado,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase en la suma de U$S 12:000.000 (doce millones de dólares de los
Estados Unidos de América) el monto autorizado a emitir en Bonos del
Tesoro 8ª Serie - Tasa de Interés Variable, por decreto 67/988 de 15 de
enero de 1988, que se dividirá en los siguientes títulos definitivos:
U$S
De U$S 5.000 cada uno 750 títulos 3:750.000
De U$S 1.000 cada uno 7.500 títulos 7:500.000
De U$S 500 cada uno 1.500 títulos 750.000
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12:000.000