Ver vigencia: Decreto Nº 446/009 de 25/09/2009 artículo 1.
CAPITULO IV - NORMAS DE APLICACIONSECCION 1
La facturación de gastos por servicios prestados se realizará en Unidades Reajustables (U.R.) las que deberán ser liquidadas en el momento que se haga efectivo el pago al valor vigente del día. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 26.