IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. AGENTES DE RETENCION. ENTES AUTONOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES




Promulgación: 03/06/2004
Publicación: 09/06/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1369

Artículo 3

 Vigencia.- El presente Decreto regirá para prestaciones de servicios o 
enajenaciones de bienes facturadas a partir del 1º de julio de 2004.-
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