Los proyectos beneficiados serán cofinanciados por la empresa en un
mínimo del 20% (veinte por ciento) cuando se trate de certificaciones de
responsabilidad social por parte de empresas internacionales o de la
formación de personal por parte de certificadores o institutos reconocidos
y en un mínimo de 40% (cuarenta por ciento) en los demás casos. Se
considerarán como proyectos especialmente promovidos con el mínimo de
cofinanciación de la empresa, las acciones que permitan obtener dichas
certificaciones y mejorar las condiciones ambientales y de salud y
seguridad en el trabajo. El Reglamento Interno de Funcionamiento definirá
los criterios a aplicar para la asignación de los beneficios.
Se llevará un registro de antecedentes de proyectos presentados por las
empresas, tanto aprobados como rechazados. La acumulación de rechazos,
totales o parciales, en los proyectos presentados por una empresa,
aumentará el índice de riesgo, requerirá de mayores controles e
información y operará como un demérito para fijar el porcentaje a
subsidiar.