Prorrógase hasta el 13 de enero de 2013 inclusive, la vigencia del aporte
establecido en el literal B) del artículo 2° de la ley N° 17.730 de 31 de
diciembre de 2003 en la redacción dada por el artículo 1° de la ley N°
17.906 de 12 de octubre de 2005, fijado en U$S 0,00 (cero dólares
americanos) por el decreto N° 35/011, de 26 de enero de 2011.