MODIFICACION DE CARGOS PRESUPUESTADOS DE LA ANP




Promulgación: 16/06/1999
Publicación: 25/06/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1370
VISTO: que por Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994 se aprobó la
asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los
funcionarios de la Administración Nacional de Puertos.

RESULTANDO: I) Que por resolución Nº 314/3107 del 21 de abril de 1999 el
Directorio de dicha Administración y ante la gestión realizada por el
funcionario de la misma, Sr. Ernesto Farias, resolvió propiciar ante el
Poder Ejecutivo la transformación de 1 (un) cargo de Ayudante de Servicio
II Nivel 2 Personal de Servicio del Renglón 2311.7 a Operador de Equipos
I Nivel 2 Personal Especializado Portuario del Renglón 2311.4

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al expedirse al respecto
expresa: a) que la Sección Planificación Presupuestaria de la
Administración Nacional de Puertos informa -con fecha 22 de abril de
1999- que por aplicación del Artículo 8º del Decreto Nro. 302/98
(aprobatorio del Presupuesto 1999 de la Administración Nacional de
Puertos) el Directorio puede efectuar transformaciones de cargos y
funciones que no supongan incrementos de gastos, pervio informe de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto a los efectos de adecuar la
estructura de cargos a las reales necesidades de la Empresa.
Asimismo destaca que por la equivalencia en los precios del sueldo
básico, el cargo de Ayudante de Servicio II Nivel 2 del Renglón 1311.7 -
2311.7 Personal de Servicio se corresponde con el cargo de Operador de
Equipos I Nivel 2 del Renglón 1311.4 - 2311.4 Personal Especializado
Portuario; b) que por lo expuesto se sugiere aprobar las actuaciones de
la Administración Nacional de Puertos referente a la transformación de
cargo solicitada, la que podrá ser puesta en práctica a partir de la
vigencia de la aplicación del Decreto Nº 302/98, o sea a partir del 1º de
enero de 1999.

III) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas al ser consultado al respecto es conteste con el informe de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto expresando que no existen
impedimentos jurídicos para el dictado de la resolución pertinente
amparando el petitorio de obrados.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase el Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994 por el que se
aprobó la asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de
funcionarios de la Administración Nacional de Puertos y ante la gestión
presentada por el funcionario de la misma, Sr. Ernesto Farias,
estableciéndose que 1 (un) cargo de Ayudante de Servicio II - Nivel 2 -
Personal de Servicio del Renglón 2311.7 debe entenderse transformado en 1
(un) cargo de Operador de Equipos I -Nivel 2 - Personal Especializado
Portuario del Renglón 2311.4.

Artículo 2

 Establécese que la transformación del referido cargo se pondrá en
práctica a partir de la fecha de vigencia de aplicación del Decreto Nro.
302/98 del 28 de octubre de 1998.

Artículo 3

 Vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.

SANGUINETTI - LUCIO CACERES
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