APROBACION DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE EMPRESAS DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOVILES SIN CHOFER




Promulgación: 14/05/2002
Publicación: 27/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 717
Derogada/o por: Decreto Nº 67/017 de 13/03/2017 artículo 1.
Referencias a toda la norma
VISTO: El Decreto Nº 44/999 de 10 de febrero de 1999, por el cual se 
reglamenta la Prestación de Servicios Turísticos denominados "Empresas de 
Arrendamiento de Automóviles Sin Chofer".

RESULTANDO: I) Que la norma de referencia ha sido aplicada desde su 
sanción generando una serie de dificultades en su cumplimiento.

II) Que la dinámica de esa actividad prestada por particulares, exige una 
constante adaptación de la reglamentación a la existencia de un mercado 
competitivo, a fin de adecuar el funcionamiento del sector, con un 
sistema de control eficiente que prevenga o en su caso sancione, las 
infracciones que afectan el normal desarrollo de las actividades o que 
perjudiquen directa o indirectamente los intereses generales.

CONSIDERANDO: Que es facultad del Poder Ejecutivo determinar y regular 
las actividades que desarrollen los Prestadores de Servicios Turísticos.

ATENTO: A lo expresado y lo dispuesto por los artículos 3, 11 y 12 del 
Decreto Ley Nº 14.335 de 23 de diciembre de 1974 y artículo 84 de la Ley 
Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Ver: Texto (Reglamento del Servicio de Empresas de Arrendamiento de 
Automoviles sin Chofer).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 180/002 de 14/05/2002 artículo 1.

BATLLE - JUAN BORDABERRY - GUILLERMO STIRLING - ALBERTO BENSION


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