Las asignaciones de las partidas que correspondan a "Incentivos por
Retiro (Grupo 0); Impuestos nacionales y Municipales (Grupo 2), y Versión
de Resultados (Grupo 5) e Intereses y Gastos Préstamo BID (Grupo 6) no
tendrán carácter limitativo, por lo que el Directorio del Organismo podrá
adecuar sus montos de acuerdo a las erogaciones efectivamente realizadas,
dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.