ASISTENCIA DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA A CONYUGES E HIJOS DE FUNCIONARIOS POLICIALES




Promulgación: 01/04/1986
Publicación: 12/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 714
Referencias a toda la norma
  Visto: la existencia de antecedentes relacionados con la asistencia que
el Ministerio de Salud Pública proporciona a los cónyuges e hijos de
funcionarios policiales en actividad o en situación de retiro y a
pensionistas policiales en todo el país.

  Resultando: 1) Que el régimen correspondientes a los servicios referido
fue reglamentado por los Decretos del Poder Ejecutivo 658/975 y 659/975,
de fecha 26 de agosto de 1975.

II) Que los artículos 4º y 7º  de los Decretos mencionados establecieron
que los montos de los aportes del Ministerio del Interior serían ajustados
anualmente.

  Considerando: I) Que desde la fecha de los decretos referidos no se ha
efectuado los ajustes correspondientes y en consecuencia los montos están
desactualizados.

II) La voluntad puesta de manifiesto por los jerarcas de los Ministerios
del Interior y Salud Pública, de implantar un sistema de compensación de
deudas entre el servicio de custodia policial que contrata el Ministerio
de Salud Pública y la atención médico-quirúrgica que brinda dicho
Ministerio en todo el país a cónyuges e hijos de funcionarios policiales
en actividad o situación de retiro y a pensionistas policiales.

  Atento: a lo precedentemente expuesto

                      El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 762/987 de 22/12/1987 artículo 7.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 182/986 de 01/04/1986 artículo 1.

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA - CARLOS MANINI RIOS - LUIS MOSCA
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