CAMPAÑA DE LUCHA CONTRA LA GARRAPATA




Promulgación: 16/06/1999
Publicación: 25/06/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1372

Artículo 5

 Una de las vías del certificado de despacho de tropa deberá ser
presentada ante el Servicio Veterinario Oficial de origen en un plazo no
mayor a las 48 horas de realizado y el propietario o encargado del
establecimiento receptor de los bovinos, dispondrá de un plazo de 48
horas para comunicar al Servicio Veterinario Oficial correspondiente del
ingreso de los animales.
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