REGLAMENTACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY 17.283 (LEY GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE)




Promulgación: 20/06/2013
Publicación: 27/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1262
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.283 de 28/11/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

Capítulo V- Del transporte de los residuos sólidos

Artículo 24

 (Rutas para el transporte de residuos sólidos). Las rutas a utilizar para
el transporte de residuos sólidos deberán minimizar la circulación por
zonas centrales de las ciudades y otros centros poblados, priorizando la
utilización de caminos periféricos en buenas condiciones de seguridad.
El vehículo cargado no podrá estacionar en la vía pública, salvo en las
operaciones de carga o descarga o por motivos debidamente justificados. Si
por falla mecánica o accidente el vehículo se detiene, se debe proceder al
señalizado y adoptar las medidas para que no sea abandonado.
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