REGLAMENTACION DE LA LEY 18.407 LEY DE COOPERATIVAS Y DEROGACION DEL DECRETO 198/012




Promulgación: 15/06/2018
Publicación: 27/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.407 de 24/10/2008.

TÍTULO II - DE LAS COOPERATIVAS EN PARTICULAR
CAPÍTULO III - COOPERATIVAS DE VIVIENDA

Artículo 74

   (No uso de la vivienda). El no uso de la vivienda por parte del socio y su núcleo familiar por un lapso mayor a los seis meses será causal de pérdida de la calidad de socio, salvo que se configuren alguna de las siguientes situaciones:
   a)   razones de salud debidamente justificadas por el socio;
   b)   autorización expresa de la cooperativa para no ocupar la vivienda
        por un plazo mayor a los seis meses, siempre que dicho plazo no
        sea superior a dos años.
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