COMISION NACIONAL DE ESTUDIO AGROECONOMICO DE LA TIERRA. ESTUDIO DE PRECIOS DEL KILOGRAMO DE LANA, CARNE OVINA Y BOVINA EN PIE




Promulgación: 06/03/1975
Publicación: 17/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 408
Referencias a toda la norma
  Visto: el artículo 67 de la ley 13.695, de 24 de 1968.

 Resultando: por el citado artículo se faculta al Poder Ejecutivo a
ampliarlos cometidos de la Comisión Nacional de Estudio Agroeconómico de
la Tierra.

 Considerando: de oportunidad hacer uso de la mencionada facultad legal,
cometiendo a la referida Comisión el estudio de los precios promedios del
kilogramo de lana, carne ovina y bovina en pie, recibidos por los
productores al nivel del establecimiento, por ejercicio fiscal del
Impuesto a la Productividad Mínima Exigible (IMPROME).

 Atento: a lo preceptuado por los artículos 60 y 67 de la ley 13.695, del
24 de octubre de 1968,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Cométese a la Comisión Nacional de Estudio Agroeconómico de la Tierra
(C.O.N.E.A.T.), el estudio de los precios promedios del kilogramo de
lana, carne ovina y bovina en pie, recibidos por los productores al nivel
del establecimiento, por ejercicio fiscal (IMPROME) comprendido entre el
1º de octubre al 30 de setiembre del año siguiente. 

Artículo 2

Para el estudio de los precios al ejercicio fiscal 1973/74, la citada
Comisión, dispondrá de un plazo de 15 (quince) días, a partir de la
fecha, vencido el cual elevara sus conclusiones.
 Para los ejercicios fiscales siguientes, el estudio deberá ser elevado
antes del 31 de diciembre de cada año.

Artículo 3

El Ministerio de Agricultura y Pesca dispondrá qué oficinas o
funcionarios prestarán asesoramiento a la nombrada Comisión, en la
elaboración del citado estudio. 

Artículo 4

Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 5

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - HECTOR E. ALBURQUERQUE - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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