APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LAS ADMINISTRACIONES MUNICIPALES DEL INTERIOR DEL PAIS. EJERCICIO 1984




Promulgación: 21/05/1984
Publicación: 05/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 789
   Visto: el decreto 84/984 de 11 de marzo de 1984 por el cual se aprueba
el Plan de Inversiones Públicas para el ejercicio 1984.

   Resultando: que en el citado decreto no se aprobaron las inversiones
correopondientes a las Administraciones Municipales, a excepción de la
Intendencia Municipal de Montevideo.

   Considerando: la conveniencia de que se complemente el Plan de
Inversiones Públicas para el ejercicio 1984.

   Atento: a lo informado por la Secretaría de Pleneamiento, Coordinación
y Difusión y el dictamen del Tribunal de Cuentas de la República,

                      El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Plan de Inversiones Públicas 1984 de las Administraciones
Municipales del Interior del país, por un monto total de N$
1.632:266.000,00 (nuevos pesos mil seiscientos treinta y dos millones
doscientos sesenta y seis mil), a nivel de proyectos, con la apertura
programática que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de
este decreto. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 184/984 de 
21/05/1984.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Las inversiones que se aprueban por este decreto se regirán en lo que
sea pertinente por las normas y definiciones establecidas en el decreto
84/984 de 1º de marzo de 1984.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Las partidas asignadas a los rubros 0 "Retribuciones básicas de cargos
permanentes" y "Cargas legales sobre servicios personales del clasificador
por objeto del gasto público aprobado por decreto 499/982, de 30 de
diciembre de 1982, o las correspondientes a los rubros 0 y 6 del
clasificador por objeto del gasto público aprobado por decreto 317/967 de
14 de junio de 1967 y modificativos, están calculadas de acuerdo con los
niveles salariales vigentes al 1º de enero de 1984 y se ajustarán de
acuerdo con los incrementos salariales que determinen el Poder Ejecutivo a
partir de esa fecha.
Referencias al artículo

Artículo 4

   El Poder Ejecutivo, previo informe de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión, podrá modificar las asignaciones presupuestales
que el presente decreto destina a las Intendencias Municipales para la
ejecución del Plan Nacional de Caminos de Integración "Coronel Lorenzo
Latorre".
Referencias al artículo

Artículo 5

  Comuníquese, publíquese.

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JULIO CESAR RAPELA - FRANCISCO D. TOURREILLES
Ayuda