Los funcionarios presupuestados o contratados, a quienes se asigne
transitoriamente las funciones que a continuación se detallan percibirán
mientras dure el desempeño de estas, una partida complementaria por la
diferencia que existe entre las remuneraciones de su cargo y los
respectivos grados de la escala
Función GEPU
Gerente de Sistemas 55.0
Sub-Gerente de Sistemas 51.0
Asesor de Gerencia 50.0
Adscripto de Sistemas 47.0
Programador de Sistemas de 1ra. 46.0
Líder de Proyectos 46.0
Programador de Sistemas de 2da. 43.0
Jefe de Coordinación 43.0
Analista de Sistema de 1ra. 43.0
Supervisor de Operativa 43.0
Publirrelacionista 41.0
Coordinador de Fisc. de Acc. de Trabajo 41.0
Analista de Sistemas de 2da. 40.0
Programador de 1ra. 40.0
Psicólogo 36.0
Asistente Social 36.0
Operador de Coordinación de 1ra. 33.0
Programador de 2da. 33.0
Supervisor de Microfilmación 33.0
Analista de 2da. 33.0
Operador de Sistemas de 1ra. 33.0
Publirrelacionista Adjunto I 32.0
Idóneo en Bibliotecología 30.0
Programador de 3ra. 29.0
Operador de Microfilmación 29.0
Operador de Sistemas de 2da. 29.0
Publirrelacionista Adjunto II 28.0
Operador de Coordinación de 2da. 29.0
Operador de Preparación de Datos 18.0
Operador de Microfilmación de 2da. 18.0
Operador de Reprografía 18.0
Programador de 4ta. 18.0
Médico Jefe de Departamento 48.1 *
Médico Jefe de Servicio 45.1 *
Médico Sub-Jefe de Departamento 43.1 *
Médico Sub-jefe de Servicio 42.1 *
* - Con fecha 20.7.88 el Directorio resolvió que las ubicaciones
presupuestales para las funciones asignadas a los médicos de la C.S.M. que
cumplen horario completo, serán las siguientes:
Función GEPU
Médico Jefe de Departamento 52.0
Médico Jefe de Servicio 49.0
Médico Sub-Jefe de Departamento 48.0
Médico Sub-Jefe de Servicio 47.0