El régimen de beneficios sociales se regirá de acuerdo a las siguientes normas:
- Asignación Familiar, Prima por Matrimonio y Prima por Nacimiento,
según el decreto No. 531/984 y normas modificativas.
- Prima por Hogar Constituido según la Ley No. 15.903 artículo 24 y
Ley No. 16.002 artículo 12 y normas modificativas.
- Compensación de Asistencia Médica para funcionarios presupuestados,
contratados y personal suplente en actividad y para ex funcionarios
presupuestados y contratados, según lo establece la Reglamentación
de Beneficios Sociales acordada por Convenio Colectivo entre la
Banca Oficial y el Poder Ejecutivo, y Decreto 176/008 y
modificativos.
Los importes a valor enero 2020 son los siguientes: