FIJACION DE APORTE PATRONAL DE CONTRIBUCION ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 28/06/2000
Publicación: 06/07/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1191
VISTO: Las contribuciones especiales de Seguridad Social correspondientes
al personal embarcado de la Marina Mercante Nacional.

RESULTANDO: I) Que el Decreto Nº 21/000 de 19 de enero 2000 prorrogó
hasta el mes de cargo junio de 2000, la vigencia del artículo 1º del
Decreto Nº 402/993 de 9 de setiembre de 1993, que regirá las aportaciones
patronales por contribuciones especiales de Seguridad Social al personal
embarcado de la Marina Mercante Nacional;

II) Que por el artículo 2º del Decreto Nº 283/997 de 13 de agosto de 1997
se fijó, a partir del mes de cargo noviembre de 1997, un régimen gradual
de adecuación de las aportaciones personales por contribuciones
especiales de Seguridad Social para el personal embarcado de la Marina
Mercante Nacional.

III) Que se encuentra a estudio un régimen de aportaciones patronales
para ese sector de actividad.

CONSIDERANDO: Que en tales condiciones resulta necesario prorrogar el
régimen de aportaciones patronales por contribuciones especiales de
Seguridad Social, para el personal embarcado de la Marina Mercante
Nacional, vigente hasta el mes de cargo junio de 2000;

ATENTO: A lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 A partir del mes de cargo julio de 2000 y hasta el mes de cargo
diciembre de 2000, las aportaciones patronales por contribuciones
especiales de Seguridad Social correspondientes al personal embarcado de
la Marina Mercante Nacional se regirán por lo dispuesto en el artículo 1º
del Decreto Nº 402/993 de 9 de setiembre de 1993.
Referencias al artículo

BATLLE - ALVARO ALONSO - ALBERTO BENSION - LUIS BREZZO - LUCIO CACERES
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