INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JULIO 2017




Promulgación: 14/07/2017
Publicación: 26/07/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El incremento autorizado por el inciso primero del artículo precedente no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 3,61% (tres con sesenta y uno por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 455/016 de 30 de diciembre de 2016.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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