INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JULIO 2017




Promulgación: 14/07/2017
Publicación: 26/07/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá incrementar a partir del 1° de julio de 2017 los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, de convenios colectivos y de núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos. Estos aumentos no podrán ser superiores a los que surjan de incrementar en hasta 1,15% (uno con quince por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 455/016, de 30 de diciembre de 2016.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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