INCORPORACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL LA RESOLUCION GMC N° 27/22, MODIFICACION DE LAS RESOLUCIONES GMC N° 50/97, 08/06, 09/06, 02/08 Y 63/18 SOBRE ADITIVOS ALIMENTARIOS




Promulgación: 26/06/2024
Publicación: 08/07/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución GMC N° 27/22 del Grupo Mercado Común de MERCOSUR;

   RESULTANDO: I) que por la misma se dispuso aprobar la modificación de las Resoluciones GMC N° 50/97, 08/06, 09/06, 02/08 y 63/18 sobre ADITIVOS ALIMENTARIOS;

   II) que la Resolución GMC N° 50/97 fue incorporada al ordenamiento jurídico nacional por Decreto N° 223/016, de 19 de julio de 2016, modificada por Decreto N° 318/019, de 28 de octubre de 2019 y las Resoluciones GMC N° 08/06, 9/06, 2/08 fueron incorporadas por Decreto N° 600/009, de 28 de diciembre de 2009 y la 63/18 incorporada por el Decreto N° 60/019 de 19 de febrero de 2019;

   CONSIDERANDO: I) que por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, los Estados parte se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el artículo 2° del referido Protocolo;

   II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República, en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional la norma emanadas del Grupo Mercado Común referida en el Visto;

   III) que la actualización proyectada cuenta con la aprobación del Departamento De Alimentos, Cosméticos y Domisanitarios y la División Evaluación Sanitaria del Ministerio de Salud Pública;

   IV) que la Dirección General de la Salud de dicha Secretaría de Estado, no formula objeciones respecto de la internalización, por lo que corresponde proceder en consecuencia;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por los artículos 1° y siguientes de la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Adóptase la Resolución GMC N° 27/22 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, modificación de las Resoluciones GMC N° 50/97, 08/06, 09/06, 02/08 y 63/18 sobre ADITIVOS ALIMENTARIOS.

Artículo 2

   Incorpórase al Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto 315/994, de 5 de julio de 1994), la Resolución del Grupo Mercado Común del MERCOSUR GMC N° 27/22. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

   Modifícanse los Decretos N° 223/016, de 19 de julio de 2016, N° 318/019, de 28 de octubre de 2019 y N° 600/009, de 28 de diciembre de 2009, en el sentido establecido en la Resolución GMC N° 27/22 del MERCOSUR, de 17 de noviembre de 2022, que se incorpora al ordenamiento jurídico nacional mediante el presente Decreto.

Artículo 4

   Comuníquese. Publíquese.

   LACALLE POU LUIS - KARINA RANDO - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE - ELISA FACIO - JUAN BUFFA
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