El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
La tenencia de las Notas de Tesorería a que refiere el presente Decreto, así como su renta y las utilidades generadas por su cotización, están exentas de todo gravamen impositivo, con excepción del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.