EVOLUCION DE LAS CUOTAS DE LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 11/05/1992
Publicación: 01/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Conjuntamente con la comunicación prevista en el artículo 1º, las
instituciones deberán presentar los certificados exigidos por el artículo
17 del decreto 301/987 de 23 de junio de 1987. 
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