VISTO: el proyecto de presupuesto operativo y de inversiones de la
Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2001.-
CONSIDERANDO: I) que este presupuesto se rige por lo dispuesto en el
artículo 165º de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991.-
II) que el cumplimiento de los cometidos asignados a la Dirección General
de Casinos, requiere del desarrollo de una gestión de tipo empresarial,
dirigida a la prestación al público, especialmente de origen
internacional, de un servicio de la más alta calidad.-
III) que es necesario contar con instrumentos adecuados para cumplir con
eficiencia y eficacia, con el citado objetivo, por lo que prevén, en el
presente presupuesto, las disposiciones necesarias para ese fin, teniendo
en cuenta los antecedentes de su aplicación en el Organismo.-
IV) que se mantiene la misma estructura dispuesta por el Decreto 227/001,
de 20 de junio de 2001, para las actividades que tienen por objeto la
supervisión del funcionamiento del Hipódromo Nacional de Maroñas, basada
en la independencia de ese Programa y del que comprende la explotación
directa de juegos de azar de Casinos.-
V) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe
favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse el presupuesto operativo y de inversiones de la Dirección
General de Casinos, a regir a partir del 1º de enero de 2001, de acuerdo
con los montos que se detallan a continuación.-
CAPITULO I.-
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE
ESPARCIMIENTO.
I- INGRESOS $ 953:992.796,oo
1. Ingresos no tributarios. 941:497.018,oo
2. Ingresos Ley 13.453 art. 3º - lit. a) y
Ley 17.296 art. 182º - lit. d) 12:495.778,oo
Son recursos de la Dirección General de Casinos:
1. Utilidad bruta de la explotación de los juegos de azar.-
2. Precio de las concesiones de servicios anexos al cometido principal.-
II- PRESUPUESTO OPERATIVO. $ 826:620.467,oo
Rubro Denominación $
0 SERVICIOS PERSONALES
01 Retribución con Cargos Permanentes
011 Sueldos básicos de cargos 14:114.652,oo
012 Incremento mayor horario perm. 6:563.316,oo
013 Dedicación total 54.864,oo
03 Retrib. Contratados Funciones No Permanentes
031 Retribuciones zafrales 395.868,oo
04 Retribución Complementaria
042010 Prima técnica 13.104,oo
042026 Compensación docente 1:133.970,oo
042033 Por tareas imp. camb. resid. habit. 3:719.856,oo
042034 Por funciones distintas al cargo 175.632,oo
042046 Por participación en recaudación 170:378.880,oo
043006 Compensa. por técnif. y fiscalización 5:561.352,oo
043007 Compensa. según acuerdo programa 7:674.576,oo
044001 Prima por antigüedad 4:989.204,oo
045005 Quebranto de caja 2:042.496,oo
045006 Increm. adicional dif. Montepio 1:986.696,oo
048004 Aumentos especiales 1:280.340,oo
05 Retribuciones Diversas Especiales
0571 Becas 7:541.700,oo
0572 Pasantías 853.800,oo
058 Horas extras 12.696,oo
059 Sueldo anual complementario 20:836.198,oo
06 Beneficios al Personal
064 Contribución por asistencia médica 36.384,oo
068 Compensación por alimentación sin aportes 14:901.672,oo
0692 Compensación por perfec. técnico 7:583.178,oo
0693 Prima por asistencia social 4:865.034,oo
0694 Compensación por vestimenta 20:913.092,oo
07 Beneficios Familiares
071 Prima por matrimonio 45.852,oo
072 Prima hogar constituido 2:877.672,oo
073 Prima por nacimiento 76.416,oo
074 Prestaciones por hijo 397.344,oo
08 Cargas Legales sobre Servicios Personales
081 Aporte pat. sistema seg. soc. sobre retrib. 52:819.764,oo
082 Otros aportes patronales sobre retrib. 2:708.705,oo
09 Otras Retribuciones
091 Retribuciones ejercicios anteriores 628.296,oo
1 BIENES DE CONSUMO 12:750.629,oo
2 SERVICIOS NO PERSONALES 282:746.811,oo
3 BIENES DE USO 1:650.545,oo
5 TRANSFERENCIAS 170:582.010,oo
7 GASTOS NO CLASIFICADOS 1:707.863,oo
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES $ 127:372.329,oo
3 BIENES DE USO 127:372.329,oo
La apertura por proyecto fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan, que forman parte integrante de este Decreto.-
El Rubro 0 "Servicios Personales" en lo relativo a beneficios sociales se
expresan a precios enero - diciembre de 2001.-
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización promedios de enero - diciembre de 2001,
equivalente a $ 13,30 (pesos uruguayos trece con treinta centésimos).
Las partidas en moneda nacional de los restantes rubros están expresadas
a precios de enero - diciembre de 2001.-