APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2001




Promulgación: 27/05/2002
Publicación: 31/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 900
Referencias a toda la norma
VISTO: el proyecto de presupuesto operativo y de inversiones de la 
Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2001.-

CONSIDERANDO: I) que este presupuesto se rige por lo dispuesto en el 
artículo 165º de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

II) que el cumplimiento de los cometidos asignados a la Dirección General 
de Casinos, requiere del desarrollo de una gestión de tipo empresarial, 
dirigida a la prestación al público, especialmente de origen 
internacional, de un servicio de la más alta calidad.-

III) que es necesario contar con instrumentos adecuados para cumplir con 
eficiencia y eficacia, con el citado objetivo, por lo que prevén, en el 
presente presupuesto, las disposiciones necesarias para ese fin, teniendo 
en cuenta los antecedentes de su aplicación en el Organismo.-

IV) que se mantiene la misma estructura dispuesta por el Decreto 227/001, 
de 20 de junio de 2001, para las actividades que tienen por objeto la 
supervisión del funcionamiento del Hipódromo Nacional de Maroñas, basada 
en la independencia de ese Programa y del que comprende la explotación 
directa de juegos de azar de Casinos.-

V) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe 
favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébanse el presupuesto operativo y de inversiones de la Dirección 
General de Casinos, a regir a partir del 1º de enero de 2001, de acuerdo 
con los montos que se detallan a continuación.-

                               CAPITULO I.-                               
                                                                          
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE 
ESPARCIMIENTO.

I- INGRESOS                                              $ 953:992.796,oo
1. Ingresos no tributarios.                                941:497.018,oo
2. Ingresos Ley 13.453 art. 3º - lit. a) y
   Ley 17.296 art. 182º - lit. d)                           12:495.778,oo
Son recursos de la Dirección General de Casinos:
1. Utilidad bruta de la explotación de los juegos de azar.-
2. Precio de las concesiones de servicios anexos al cometido principal.-

II- PRESUPUESTO OPERATIVO.     $ 826:620.467,oo

Rubro                   Denominación                                    $
0          SERVICIOS PERSONALES
01         Retribución con Cargos Permanentes
011        Sueldos básicos de cargos                        14:114.652,oo
012        Incremento mayor horario perm.                    6:563.316,oo
013        Dedicación total                                     54.864,oo
03         Retrib. Contratados Funciones No Permanentes
031        Retribuciones zafrales                              395.868,oo
04         Retribución Complementaria
042010     Prima técnica                                        13.104,oo
042026     Compensación docente                              1:133.970,oo
042033     Por tareas imp. camb. resid. habit.               3:719.856,oo
042034     Por funciones distintas al cargo                    175.632,oo
042046     Por participación en recaudación                170:378.880,oo
043006     Compensa. por técnif. y fiscalización             5:561.352,oo
043007     Compensa. según acuerdo programa                  7:674.576,oo
044001     Prima por antigüedad                              4:989.204,oo
045005     Quebranto de caja                                 2:042.496,oo
045006     Increm. adicional dif. Montepio                   1:986.696,oo
048004     Aumentos especiales                               1:280.340,oo
05         Retribuciones Diversas Especiales
0571       Becas                                             7:541.700,oo
0572       Pasantías                                           853.800,oo
058        Horas extras                                         12.696,oo
059        Sueldo anual complementario                      20:836.198,oo
06         Beneficios al Personal
064        Contribución por asistencia médica                   36.384,oo
068        Compensación por alimentación sin aportes        14:901.672,oo
0692       Compensación por perfec. técnico                  7:583.178,oo
0693       Prima por asistencia social                       4:865.034,oo
0694       Compensación por vestimenta                      20:913.092,oo
07         Beneficios Familiares
071        Prima por matrimonio                                 45.852,oo
072        Prima hogar constituido                           2:877.672,oo
073        Prima por nacimiento                                 76.416,oo
074        Prestaciones por hijo                               397.344,oo
08         Cargas Legales sobre Servicios Personales
081        Aporte pat. sistema seg. soc. sobre retrib.      52:819.764,oo
082        Otros aportes patronales sobre retrib.            2:708.705,oo
09         Otras Retribuciones
091        Retribuciones ejercicios anteriores                 628.296,oo
1          BIENES DE CONSUMO                                12:750.629,oo
2          SERVICIOS NO PERSONALES                         282:746.811,oo
3          BIENES DE USO                                     1:650.545,oo
5          TRANSFERENCIAS                                  170:582.010,oo
7          GASTOS NO CLASIFICADOS                            1:707.863,oo

III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                         $ 127:372.329,oo
3     BIENES DE USO                                        127:372.329,oo

La apertura por proyecto fuente de financiamiento y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan, que forman parte integrante de este Decreto.-
El Rubro 0 "Servicios Personales" en lo relativo a beneficios sociales se 
expresan a precios enero - diciembre de 2001.-
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera 
están estimadas a la cotización promedios de enero - diciembre de 2001, 
equivalente a $ 13,30 (pesos uruguayos trece con treinta centésimos).
Las partidas en moneda nacional de los restantes rubros están expresadas 
a precios de enero - diciembre de 2001.-

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (cuadros).
Referencias al artículo

BATLLE - ALBERTO BENSION

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