CENSO GENERAL DE POBLACION Y VIVIENDAS




Promulgación: 15/05/1985
Publicación: 04/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1256

CAPITULO VI - DE LOS EMPADRONADORES

Artículo 18

     El Empadronador es el funcionario representante de la Dirección
General de Estadística y Censos, en su sector de empadronamiento. En tal
carácter registrará los datos censales solicitados, los que la población
está obligada a suministrar.
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