CENSO GENERAL DE POBLACION Y VIVIENDAS




Promulgación: 15/05/1985
Publicación: 04/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1256

CAPITULO VII - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 25

    En el Departamento de Montevideo y secciones periféricas de Canelones,
los Jerarcas de los Servicios Públicos suministrarán a la Dirección
General de Estadística y Censos la lista de funcionarios en condiciones de
asumir las tareas de empadronamiento.
 Suministrarán asimismo local y horario para las sesiones de
adiestramiento y formarán los grupos, de instrucción correspondientes, de
acuerdo a las recomendaciones de la Dirección General de Estadística y
Censos.
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