IMPUESTO AL PATRIMONIO




Promulgación: 07/04/1986
Publicación: 24/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 732

Artículo 2

 La reducción dispuesta en el artículo anterior será de aplicación para la
liquidación del Impuesto al Patrimonio de las Personas Físicas, Núcleos
Familiares y Sucesiones Indivisas al 31 de diciembre de 1985.
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