Visto: lo establecido en el artículo 5º del decreto 127/976, del 26 de
febrero de 1976, en relación al proyecto encomendado del Manual de
Organización y Funciones de Pasos de Frontera.
Considerando: I) Que es propósito del Poder Ejecutivo, poner en
funcionamiento el referido Manual a la brevedad;
II) Que en su elaboración, se han considerado diversas observaciones
formuladas por los representantes de cada uno de los Ministerios que
integran la Comisión dispuesta en el artículo 4º del decreto 127/976;
III)III) Que se ha recabado el asesoramiento de la Secretaría de
Planeamiento,
Coordinación y Difusión y de la Oficina Nacional de Servicio Civil en el
ámbito de sus respectivas competencias.
Atento: a lo establecido en los decretos 574/974, del 12 de julio de 1974
y decreto 127/976, del 26 de febrero de 1976,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 192/977 de 11/04/1977 artículo 1.
MENDEZ - WALTER RAVENNA - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - ANTONIO CAÑELLAS - ESTANISLAO VALDES OTERO