VISTO: la solicitud de modificación de la estructura organizativa
presentada por la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva" del
Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";
RESULTANDO: I) que por Decreto Nº 166/005 de 30 de mayo de 2005,
reglamentario del artículo 2º de la Ley Nº 17.706 de 4 de noviembre de
2003, se aprobó la reestructura organizativa de la Dirección General
Impositiva, creando la Auditoría Interna y la División Grandes
Contribuyentes y efectuando creaciones y supresiones de otras funciones;
II) que el artículo 5º del precitado Decreto otorga a esa Dirección
General un plazo no mayor a noventa días de su entrada en vigencia, para
elevar al Ministerio de Economía y Finanzas la actualización de la
estructura organizativa de la Dirección General Impositiva con la
incorporación de las creaciones, supresiones y modificaciones de
funciones previstas en ese Decreto;
CONSIDERANDO: I) que la reformulación de la estructura organizativa se
promueve en el marco de una nueva definición de los cometidos
estratégicos del Inciso Ministerio de Economía y Finanzas y de la Unidad
Ejecutora Dirección General Impositiva, que responde a la necesidad de
transformar la modalidad tradicional por una lógica de objetivos,
centrada en los resultados de la gestión;
II) que el diseño organizativo propuesto guarda la correspondiente
coherencia estratégica con los objetivos generales del Inciso y los
correspondientes objetivos particulares de la Unidad Ejecutora;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a que el proyecto presentado por
la Dirección General Impositiva ha sido analizado e informado
favorablemente por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina
Nacional del Servicio Civil, de acuerdo a sus respectivas competencias.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: