REGLAMENTACION DE LA COMPENSACION PARA LOS PROFESIONALES DE LA SALUD DEL HOSPITAL MILITAR




Promulgación: 27/04/2009
Publicación: 05/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 970
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 103.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Como complemento de la compensación a que refiere los artículos 2do. y
4to. de este Decreto, los beneficiarios que por decisión del Jerarca de la
Unidad Ejecutora resulten asignados a la realización de tareas
categorizadas de conformidad con los niveles de la siguiente tabla,
percibirán un adicional mensual, de acuerdo al siguiente detalle que
regirá a partir del 1ro. de enero de 2012:

Nivel de responsabilidad
calificada     Monto de la compensación (*)
Nivel 1        $     12.357,00
Nivel 2        $      9.886,00
Nivel 3        $      7.414,00
Nivel 4        $      6.179,00
Nivel 5        $      4.943,00 (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 185/012 de 06/06/2012 artículo 4.
Ver vigencia: Decreto Nº 246/013 de 13/08/2013 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 192/009 de 27/04/2009 artículo 5.
Referencias al artículo
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