PRORROGA DE PLAZO PARA PRESENTACION DE PROPUESTAS AL LLAMADO A INTERESADOS EN BRINDAR EL SERVICIO DE RADIODIFUSION DE TELEVISION DIGITAL COMERCIAL EN MONTEVIDEO




Promulgación: 05/07/2013
Publicación: 10/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 24
VISTO: los Decretos 153/012 de 11 de mayo de 2012, 437/012 de 31 de
diciembre de 2012, 028/013 de 23 de enero de 2013 y 144/013 de 9 de mayo
de 2013.

RESULTANDO: I) que el artículo 1° del Decreto 144/013 reanudó el llamado a
interesados en obtener autorización para brindar el servicio de televisión
digital abierta comercial con estación transmisora principal en el
Departamento de Montevideo dispuesto por el artículo 8° del Decreto
153/012, cuyo Pliego de Bases y Condiciones se aprobó por el artículo 3°
del Decreto 437/012 y que fue suspendido transitoriamente por el Decreto
028/013;

II) que el artículo 2° del referido Decreto 144/013 estableció un nuevo
plazo para la presentación de las propuestas, que determinó que la fecha
límite resultara ser el próximo lunes 8 de julio de 2013.

CONSIDERANDO: I) que se han recibido solicitudes de interesados en contar
con un plazo adicional para la preparación de sus propuestas;

II) que es interés de la Administración facilitar la más amplia
concurrencia;

III) que de acuerdo al cronograma de actividades requeridas, para la
dilucidación del llamado, no es posible extender la fecha de presentación
de ofertas más allá del 15 de julio de 2013, sin comprometer la
posibilidad efectiva de adjudicación dentro de los plazos legales.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrogase hasta el 15 de julio de 2013 el plazo de presentación de
propuestas para el llamado a interesados en obtener autorización para
brindar el servicio de televisión digital abierta comercial con estación
transmisora principal en el Departamento de Montevideo reanudado por el
Decreto 144/013 de 9 de mayo de 2013.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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