REGULACION DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE HIDROGRAFIA




Promulgación: 11/07/2014
Publicación: 22/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 37

Artículo 2

 Exonérase del tope de 10 (diez) días anuales de licencia a adjudicarse
por concepto de compensación de horas extras (Artículo 8 de la Ley
precitada) a los funcionarios de la Dirección Nacional de Hidrografía del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas que realizan tareas en los
servicios de balsas, dragados, guardias de embarcaciones, servicios
portuarios, servicios de apoyo en los puertos, servicios de atención a
cruceros, y que atendiendo razones de servicio deben realizar horas
extras.
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