El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
Finalizado el plazo de 6 (seis) meses establecido en los artículos 2° y 3° del presente Decreto, elimínase de la Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común establecida por el literal a) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 430/021, de 20 de diciembre de 2021 los siguientes ítems arancelarios:1101.00.10, 1507.90.11, 1507.90.19, 1512.19.11, 1512.19.19, 1515.29.10, 1515.29.90, 1517.90.10 y 1517.90.90.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 37/023 de 02/02/2023 artículo 2.