PROHIBICION DE CAZA DE FAUNA AUTOCTONA




Promulgación: 08/04/1976
Publicación: 26/04/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 841

DE LA CAZA DE LA PERDIZ

Artículo 6

La caza de la perdiz chica queda limitada a un máximo de 20 (veinte)
piezas por cazador y por día. El transporte se permitirá un máximo de 40
(cuarenta) perdices por cazador.
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