IMPUESTO A LAS VENTAS DE CONTADO. REGLAMENTACION




Promulgación: 28/04/1970
Publicación: 05/05/1970

Resumen:

Reglaméntase el artículo 237 de la Ley Nº 12.804, referente al pago del
Impuesto a las Ventas de Contado, ante la necesidad de otorgar a los distribuidores y repartidores mencionados en el artículo 5 del Decreto N° 71/970, contribuyentes de gravámenes que recauda la Oficina de Impuestos a la Renta, un régimen de liquidación para el mencionado tributo.
Derogada/o por: Decreto Nº 190/973 Derogada/o de 13/03/1973 artículo 5 (vigencia 1º 
enero de 1973).
Reglamentario/a de: Ley Nº 12.804 de 30/11/1960 artículo 237 Derogada/o.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 645/970 de 
17/12/1970 artículo 5.


		
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