DETERMINACION DEL AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PUBLICA. JUNIO 1982




Promulgación: 28/05/1982
Publicación: 11/06/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 1224
Visto: lo dispuesto por la ley 14.360 de fecha 17 de abril de 1975,
por la cual se faculta al Poder Ejecutivo a abonar en dos veces el sueldo
anual complementario a los funcionarios públicos,

     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Otórgase a los funcionarios públicos de los Incisos 1 al 26 del
Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, al amparo de lo
dispuesto en los artículos 2º de la ley 14.360, de 17 de abril de 1975 y
4º de la ley 14.985, de 28 de diciembre de 1979, una suma equivalente a la
doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas
por cualquier concepto en el período comprendido desde el 1º de diciembre
de 1981 al 31 de mayo de 1982.

ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - ESTANISLAO VALDES OTERO - VALENTIN ARISMENDI - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA
- JULIO CESAR ESPINOLA
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