MODIFICACION DE LA RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA. DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA




Promulgación: 09/04/1986
Publicación: 09/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 928
 Visto: la Racionalización Administrativa del personal contratado de la
Unidad Ejecutora 06 "Dirección General Impositiva" del Programa 1.06
"Recaudación de Tributos" del Inciso 05 -Ministerio de Economía y
Finanzas- aprobada por decreto s/n de 18 de febrero de 1981, modificado
por decretos s/n de 8 de abril de 1981, 17 de agosto de 1983 y 4 de julio
de 1984 con las incorporaciones dadas por resoluciones del Poder
Ejecutivo de 4 de noviembre de 1981, 2 de setiembre de 1982, 6 de agosto
de 1984, 27 de agosto de 1984, 2 de octubre de 1984, 7 de noviembre de
1984, 28 de febrero de 1985 y 8 de noviembre de 1985.

 Considerando: I) Que dicha estructura ha sido objeto de algunas
modificaciones imprescindibles a fin de ajustarla a las actuales
necesidades del Servicio;

 II) Que en la misma suma de retribuciones correspondientes no excede
el monto de los créditos de los renglones respectivos;

 III) Que los contratos previstos conforman una estructura de funciones
adecuada a los objetivos de la mencionada Unidad Ejecutora.

 Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y a lo
dispuesto por el artículo 8º del decreto-ley Nº 14.985, de 28 de
diciembre de 1979,

                     El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la Racionalización Administrativa del personal contratado de
la Unidad Ejecutora 06 "Dirección General Impositiva" del Programa 1.06
"Recaudación de Tributos del Inciso 05 Ministerio de Economía y Finanzas,
según el siguiente detalle:
Supresiones:

 3 Técnico III Proc. o Analista Programador AaB 5
 6 Administrativo IV                        Ab 12
 2 Administrativo V                         Ab 11
 12 Administrativo VI                       Ab 10
 20 Administrativo VII                      Ab  9
 20 Ayudante Técnico IV                     AcA 12
 8 Ayudante Técnico V                       AcA 11
 17 Ayudante Técnico VI                     AcA 10
 13 Especialista IV                         AcC 12
 28 Especialista V                         AcC 11
 8 Especialista VI                         AcA 10
 4 Auxiliar I                               Ad E3
 10 Auxiliar II                             Ad E2
 4 Auxiliar III                             Ad E1
 1 Auxiliar IV                              Ad 7
 156
 Creaciones
 19 Técnico VI                             AaA  4
 1 Técnico II Proc. o Analista Program.    AaB  6
 1 Técnico IV Proc. o Analista Program.    AaB  4
 29 Administrativo VIII                     Ab  8
 72 Ayudante Técnico VII                   AcA  9
 40 Especialista VII                       AcC  9
 9 Auxiliar V                               Ad  6
 171

Artículo 2

 La Contaduría General de la Nación distribuirá los actuales créditos
presupuestales de los renglones 021.321 y 021.324 de acuerdo a la
previsión del Proyecto aprobado en este acto.

Artículo 3

 Las modificaciones de situaciones contractuales originadas por la
aplicación de la Racionalización Administrativa del personal contratado
que se aprueba en el presente decreto no requerirán la suscripción de un
nuevo contrato tipo.

Artículo 4

 Comuníquese, pásese a sus efectos a la División Contaduría Central del
Ministerio de Economía y Finanzas y cumplido, archívese

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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