A los efectos de la acumulación de cargos en el sector público, que se
genere por la regularización del personal que se encontraba prestando
funciones a la Comisión de Apoyo local, al 29 de julio de 2007, no le será
aplicable el tope en la suma de los regímenes horarios previstos en el
Decreto Nº 185/991 de 2 de abril de 1991.