Visto: Los actuales niveles de las tasas globales arancelarias.
Considerando: Procedente efectuar ajustes de las tasas que rigen para
la importación de determinados productos.
Atento: A lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley
Nº 12.670 de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4º del Decreto-Ley
Nº 14.629 de 5 de enero de 1977.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase la glosa del siguiente ítem de la Nomenclatura Arancelaria y
Derechos de Importación base Sistema Armonizado, que quedará redactada en
la forma que sigue:
2208.30.00.10 - Whisky de alta graduación alcohólica superior a 50º GL.