Visto: la propuesta presentada por el Inciso 05 "Ministerio de Economía
y Finanzas" referente a los cargos y contratos de función pública
comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 16.462 de 11
de enero de 1994;
Considerando: I) Que es necesario complementar aquellos cuyas tareas
típicas responden a las de mayor jerarquía a nivel de cada unidad
ejecutora, correspondiendo, de acuerdo con los respectivos organigramas
vigentes, a unidades administrativas del primer nivel inmediato inferior a
sus Direcciones.
II) Que el cargo contenido en el proyecto se ajusta a lo dispuesto
precedentemente.
Atento: al informe técnico de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la
Nación, y a lo antes expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Establécese que, de acuerdo con la estructura organizacional vigente en
la unidad ejecutora 012 "Dirección General de Comercio Exterior" del
Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" el cargo de Director Centro
de Información Comercial Integral tiene asignadas tareas de mayor
jerarquía, conforme a lo establecido por el artículo 9 de la Ley Nº
16.462, de 11 de enero de 1994.