VISTO: lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley N° 17.856 de 20 de
diciembre de 2004.-
RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de
Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma.-
CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 007/013 de 8 de
enero de 2013 en $ 2.598 (pesos dos mil quinientos noventa y ocho).-
II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3°
de la ley N° 17.856 de 20 de diciembre de 2004, corresponde incrementarlo
en un 8,52% (ocho con cincuenta y dos centésimos por ciento).-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas
legales citadas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: