FIJACION DE TARIFAS DE OSE. ENERO 1980




Promulgación: 14/01/1980
Publicación: 06/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: Estos antecedentes relacionados con el reajuste de tarifas de 
la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, para los servicios de suministro de agua potable y recolección, alejamiento y depuración de aguas servidas; 
   
   Resultando: I) Que las tarifas vigentes datan del mes de noviembre de 1979 (decreto 690/979 de 23 de noviembre de 1979) y la revisión de las mismas se funda en la impostergable necesidad de adecuar los ingresos del citado Organismo a las obligaciones que origina la prestación de los referidos servicios públicos;
   
   II) Que el incremento tarifario presentado por la Administración de 
las Obras Sanitarias del Estado se ha ajustado a las directivas 
impartidas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión  (SEPLACODI) la que aconsejó que el mismo fuera del 7% a partir de la facturación correspondiente al mes de enero de 1980. 

   Atento: A lo dispuesto por el artículo 11, inciso b), de la ley 11.907 del 19 de diciembre 1952;

   El Presidente de la República

                             DECRETA:             

Artículo 1

   Apruébanse las siguientes tarifas y normas de pago de la 
Administración de las Obras Sanitarias del Estado para los servicios de suministro de agua potable y recolección, alejamiento y depuración de aguas servidas, como asimismo complementarios que reglamentan derechos y deberes de los usuarios para el normal cumplimiento de la función específica asignada a dicho Organismo. (*) 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y vuelva a sus efectos a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado.


MENDEZ.- EDUARDO J. SAMPSON.- VALENTIN ARISMENDI.
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