OBLIGACION DE LAS AEROLINEAS QUE OPEREN EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "GENERAL CESAREO L. BERISSO", DE ENVIAR AL MINISTERIO DEL INTERIOR LA INFORMACION ANTICIPADA DE PASAJEROS
La implementación de este procedimiento no exime la obligación de los operadores aéreos alcanzados, de presentar la documentación que sustente la información remitida, cuando les sea requerida, conforme la normativa vigente.